SEGURO AMBIENTAL: “Esta cobertura es una responsabilidad empresaria mas que una obligación”
Buenafuente entrevistó al Presidente de la Cámara Argentina Aseguradora de Riesgo Ambiental‚ Jorge Furlan‚ para conocer en profundidad los detalles de esta póliza‚ el presente y el futuro de este seguro. “Es muy importante el nivel de consulta que se está recibiendo”.
Desde la aprobación de la Ley General del Ambiente en el año 2002 que estableció que aquellas empresas potencialmente peligrosas para el ambiente contraten obligatoriamente un seguro‚ las dudas y las controversias giraron siempre sobre este tema. Por ello‚ consultamos al Presidente de la Cámara Argentina Aseguradora de Riesgo Ambiental‚ Jorge Furlan‚ para que explique los detalles y la evolución de esta cobertura.
¿Por qué cree que este seguro resulta para algunos demasiado controversial? Este seguro no es para nada controvertido. Sin embargo‚ yo creo que aquí se ha confundido el interés asegurable que tiene la póliza que exige la Ley de Ambiente. Porque esta norma lo que pide es que se de garantía‚ y el interés asegurable lo tiene la comunidad. No es el interés asegurable del tomador de la póliza‚ que en ese supuesto estaríamos hablando de una póliza de Responsabilidad Civil.
Entonces‚ cuando uno pretende ver una exigencia legal‚ confundiendo el interés asegurable que es esencial en un contrato de seguro‚ es aquí donde nace la confusión. Pero la cobertura está muy clara.
¿Puntualmente qué dice la Ley sobre la obligatoriedad y por qué costó tanto su puesta en marcha? La obligatoriedad de este seguro nace a partir del artículo 41 de la Constitución Nacional y la Ley 25.675‚ que es la General del Ambiente‚ estableció en el artículo 22 una obligatoriedad de dar garantía al financiamiento en cuanto a que exista el hecho de un daño ambiental y que sea reparado.
La Ley no prevé sanciones en particular por la falta de reparación‚ por lo tanto está pidiendo que la comunidad tenga una garantía sobre el tema.
Esta norma que reglamenta el artículo de la constitución es del año 2002‚ pero hasta el año 2007 los aseguradores señalábamos que faltaban algunas pautas que determinaran‚ en primer lugar‚ quiénes eran los sujetos obligados‚ y en segundo lugar‚ que establecieran cuál era la entidad mínima de los capitales asegurados. Sin estos datos no podíamos otorgar póliza. Entonces‚ la Secretaría de Medioambiente empieza a regular el tema‚ y recién en agosto de 2008 sale la primera póliza al mercado.
Con este seguro lo que hace es dar garantía de que la sociedad va a tener una reparación ante un daño ambiental producido por una empresa riesgosa para el ambiente.
¿Por qué existen dudas con el seguro de Responsabilidad Civil? Para despejar dudas‚ yo le planteo otra cosa. Alguien que tiene auto debe tomar una póliza al menos de Responsabilidad Civil‚ pero la ley no le obliga a tener un seguro del casco del auto‚ porque ese es su patrimonio. Por eso‚ la exigencia se basa en que es a favor de la comunidad. Es decir‚ si usted se insolventa e hizo un desastre‚ usted perjudicó a quienes les produjo un daño. En el debate parlamentario sobre esta Ley‚ se le trató de dar certidumbre a la garantía de financiamiento que estableció la ley. Ahora bien‚ si la empresa no quiere perder su patrimonio ante reclamaciones de terceros tiene que tomar una póliza de RC‚ que hay varias en el mercado.
Cuando hablamos de obligatoriedad ¿se sabe cuántas empresas están afectadas a contratar este seguro? No hay un relevamiento de la totalidad de las industrias que están obligadas en todo el país. Lo que sí se hizo fue un estudio aproximado‚ de escritorio‚ sobre cuáles serían solo en Capital Federal las empresas tentativamente obligadas‚ de donde surgió que deberían haber 34 mil empresas comprometidas.
En mi criterio es bajo en relación a la totalidad del país. Sin embargo‚ conociendo un número como este‚ es improbable decir cuál total de empresas que tienen que tomar el seguro. Porque seguramente del resultado que se arrojó‚ seguramente por el nivel de complejidad ambiental definido no estarían obligadas. Es decir‚ la obligatoriedad de la que habla la ley‚ dice en una de sus resoluciones que iba a ser de aplicación progresiva‚ Entonces se determinaron tres niveles de complejidad ambiental (1‚2 y 3) y aquellas que están en el uno no están obligadas aún‚ el resto si.
Ahora bien‚ de ese grupo que no está exento ¿Cómo es la reacción de las empresas que sí deben tomarlo? Lo que estamos observando es que en el último tiempo se están recibiendo un muy importante nivel de consultas. En el curso del año‚ el desarrollo y el conocimiento del tema‚ sumado a las intimaciones y fallos judiciales‚ fue generando una conciencia del cumplimiento de la obligación.
Hay que tener en cuenta que en la provincia de Buenos Aires para revalidar las habilitaciones de las empresas riesgosas tienen que presentar la póliza. En el caso de las empresas que están ubicadas en la cuenca Matanza- Riachuelo que se están reinscribiendo en el ACUMAR deben presentar la póliza si o si. Todo esto va generando mes a mes un crecimiento interesante de obligados que van cumpliendo con esta exigencia.
Ahora si alguien dice por qué no se cumple la ley de un día para el otro‚ yo digo: con la experiencia que tenemos en automotores‚ con el 60% que tiene póliza y el resto no‚ muestra la realidad que existe ante las exigencias. Hasta que no se sienten “exigidos” de alguna manera a cumplir con la obligación‚ la toma de la póliza siempre se dilata.
En la actualidad solo cuatro aseguradoras emiten estas cobertura ¿no cree que es un número bajo? No lo se‚ pero actualmente somos cuatro compañías que emitimos riesgo; también hay cuatro o cinco que firmaron acuerdos de agentes institorios con las aseguradoras que estamos trabajando; y luego hay 11 más que está suscribiendo riesgo como reaseguro activo y por último tenemos entre 5 o 6 que han pedido la autorización para actuar. Si lo sumamos somos cerca 25 empresas… yo no se si somos tan pocos.
¿Cuál es el futuro del seguro ambiental en la Argentina? Creo que las empresas van a ir tomando y cumpliendo paulatinamente con la obligación. Porque en rigor de verdad‚ es una responsabilidad empresaria más que una obligación‚ y en segundo lugar‚ las empresas que manifiestan tanto interés en que se contemple el interés asegurable del tomador que van a ir comprendiendo que hay coberturas en el mercado y que son posibles de tomarlas. Es decir‚ que no quede solamente en expresiones que no se concreten finalmente en una defensa del patrimonio.
Ahora‚ en el tema ambiental en el mundo va teniendo cada vez mayor conciencia‚ cada vez se va asumiendo mas la necesidad de tomar prevenciones en este tema y tanto la cobertura que le garantiza a la sociedad que un daño se va a reparar como la que tienen que ver con la garantía de la defensa del patrimonio del tomador de la póliza se van a ir desarrollando en el tiempo.
¿En qué se basó el convenio que se firmó días atrás con el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible? Es un acuerdo macro en donde nuestra cámara le ofreció al organismo de control de la provincia de Buenos Aires una asistencia técnica. La provincia está sumamente interesada en todo lo que tiene que ver con la defensa del ambiente. Es por eso que el acuerdo señala que vamos a hacer un aporte de dos profesionales en el tema ambiental para ver que de qué manera aquellos problemas que podría tener la provincia de infraestructura en cuanto al tema ambiental veamos qué aportes le podemos hacer desde la cámara‚ principalmente aportes técnicos‚ intelectuales. Específicos sobre los distintos tipos de actividad. Todo esto apunta a que lo nuestro no quede solamente en hacer una actividad comercial sino también que se revierta en algo de valor a la sociedad la actividad del seguro.
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